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lunes, 6 de agosto de 2012

Decreto 180-89 Reformas al Codigo Civil sobre la Muerte Presunta


lunes, 23 de julio de 2012

Acuerdo Ejecutivo 10-2012 donde se reforma lo relativos a la nueva Tabla de Uso de Timbres de Cooperativas.

Documento facilitado por la oficina regional del Instituto Hondureño de Cooperativas (IHDECOOP) de la ciudad de San Pedro Sula.

jueves, 19 de julio de 2012

Reforma al Reglamento para Emision, Administracion, Distribucion y Uso del Papel Especial Notarial




Reglamento para la Emision, Administracion, Distribucion y Uso del Papel Especial Notarial


Situaciones Tecnico Juridicas que el Notario debe observar y aplicar al autorizar actos, contratos y disposiciones entre vivos y por causa de muerte en Sede Notarial






Decreto 40-2008 por medio del cual se deroga el numeral 15 del articulo 59 del Codigo del Notariado, por lo cual los Notarios ya no estan facultados para autorizar Libros Contables y tramitar Permisos de Operacion de Negocios en Sede Notarial


Resolucion de la Contraloria del Notariado sobre la autentica de firmas y copias de documentos

Resolucion Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad sobre Tradicion de Dominio de Bienes Inmuebles Gravados con Hipoteca donde existe clausula que exige autorizacion del acreedor para enajenar












viernes, 8 de junio de 2012

Auto de Admision de Demanda

JUZGADO DE LETRAS DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE CORTÉS.- En la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, a los Siete días del mes de Septiembre del año dos mil once, la Suscrita Jueza ……………….., RESUELVE:

                                                      ANTECEDENTES DE HECHO

UNICO: En fecha ………….. (….) de ……………………. del …………………, compareció ante éste Juzgado de Familia, el señor ………………………….., quien es mayor de edad, con numero de identidad …………………., hondureño, casado, Licenciado en Gerencia de Negocios y con domicilio en …………………., a presentar Solicitud De Separación De Hecho Vía Proceso Declarativo Abreviado No Dispositivo, contra la señora ……………………………, mayor de edad, casada, hondureña, con numero de identidad ……………………. con domicilio en …………………………….; y para que mediante sentencia definitiva se declare separados de hecho a los litigantes.-

                                                     FUNDAMENTOS DE DERECHO
 
PRIMERO: Las partes tienen derecho a que el proceso se desarrolle por los trámites previstos legalmente, a que se respeten los derechos procesales establecidos en la Constitución de la República y en las leyes ordinarias en condiciones de igualdad y sin dilaciones, y a que se dicte por órgano jurisdiccional competente, independiente e imparcial, una resolución de fondo justa y motivada.

SEGUNDO: Conforme a lo establecido en el Artículo 7 del Código Procesal Civil, el cual determina que el proceso civil se desarrollará según las disposiciones del Código Procesal Civil y de acuerdo a la Constitución de la Republica, asimismo que dichas normas son obligatorias para el órgano jurisdiccional, las partes y terceros que intervengan en el proceso, salvo que la ley ofrezca excepcionalmente otra posibilidad de actuación. 

TERCERO: Que analizadas las reglas de competencia de conformidad a los artículosArts: 80, 82, 90,111, 119, 121, 122, 303 de la Constitución de la República ; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 10, 12, 17, 20, 23, 29.1, 30, 34.1, 41.1, 59, 62.1, 79.1 167, 193, 199, 201,398.2, 434, 583, 630.2, 631.1, 634, 664, 383del Código Procesal Civil, y por constar en el escrito de la demanda que los litigantes tienen su domicilio comprendido dentro de la competencia territorial asignada a este despacho de justicia, se estima que este Juzgado es el competente para conocer del proceso.-

CUARTO: Que de conformidad a lo dispuesto con el artículo 597 del Código Procesal Civil, todas las demandas en las que se interponga alguna o algunas de las pretensiones reguladas en este capitulo se tramitarán por la vía del proceso Abreviado, con las especialidades que para cada una de ellas se contengan.-

                                        PARTE DISPOSITIVA DE LA RESOLUCIÓN

En base a lo anterior este juzgado acuerda:

PRIMERO: Admitir a tramite de proceso abreviado la Solicitud De Separación De Hecho Vía Proceso Declarativo Abreviado No Dispositivo, presentada en este tribunal por el señor …………………….. contra la señora ……………………...-

SEGUNDO: Se tienen por los documentos adjuntos al escrito de la demanda, provenientes de la Central de Citaciones, Emplazamientos y otras Diligencias Judiciales, los cuales se mandan agregar a sus circunstancias.-

TERCERO: Emplácese en legal y debida forma por medio del Receptor(a) de la Central de Citaciones y/o Emplazamientos, Notificaciones, Requerimientos y Otras Diligencias Judiciales, en el domicilio consignado en la presente demanda por la parte actora, a la demandada la señora …………………….., para que, en el plazo de TREINTA DÍAS (30) HÁBILES computados desde el día siguiente al emplazamiento, conteste por escrito la demanda de mérito; debiendo hacérsele entrega de la copia simple de la demanda, del escrito de subsanación y de la copia simple de los documentos acompañados.-

CUARTO: Tener al abogado …………………….., numero de colegiación …. con oficinas abiertas al publico en ……………………… con teléfono fijo ……………. y teléfono móvil ……………., con correo electrónico …………….@yahoo.com como apoderado judicial del señor ……………., con las facultades expresadas en el poder conferido en la presente demanda.

QUINTO: Que se notifique de la presente resolución a las apoderados legales de las partes.

SEXTO: Contra ésta resolución procede el recurso de reposición, el que se interpondrá por escrito ante éste mismo Tribunal dentro del plazo de tres (3) días. (Artículos 694 y 695 del CPC).-

                                                            ABOGADA …………………………..
                                                            JUEZ DE LETRAS DE FAMILIA
                  
                                                             Lic. .....................................
                                                             SECRETARIA ADJUNTA

jueves, 26 de abril de 2012

Aviso Timbre Notarial, Eliminacion de Testigos Instrumentales y Sello del Profesional del Derecho

Aviso Municipalidad de San Pedro Sula sobre Ley Especial de Control del Tabaco

Resolucion DEI sobre uso de RTN en Testimonios de Escrtituras Publicas que tengan Efectos Fiscales y Mercantiles en el Pais

Resolucion Colegio de Abogados y Union de Notarios de Honduras

Aviso IP sobre Pago Impuesto de Tradicion de Bienes Inmuebles

Aviso Secretaria de Finanzas Sobre Recibo DEI-150 para Pago de Impuesto de Tradicion sobre Bienes Inmuebles

Esta es la resolucion que actualmente se encuentra pegada en las oficinas del Instituto de la Propiedad en la ciudad de San Pedro Sula, sin embargo, es preciso aclarar que el recibo DEI-150 se utiliza actualmente como Recibo Oficial de Pago de Vehiculos, por lo cual, el recibo a utilizar para hacer efectivo este pago es el Recibo DEI-722 que corresponde para Pago del Impuesto de Tradicion de Bienes Inmuebles, en el siguiente enlace, se puede accesar al formulario preimpreso electronico en la pagina de la DEI: http://www.dei.gob.hn/website/index.php?cat=1054&title=Formularios Preimpresos&lang=es